lunes, 22 de febrero de 2010

ESTATUTO CLUB BACKGAMMON MENDOZA

01 - El CBGMZA antes que nada es un club de amigos.
02 - El CBGMZA agrupará gente que tenga como interés común reunirse, jugar backgammon y/o tomar parte en diferentes torneos.
03 - La participación activa dentro del Club estará limitada exclusivamente a relacionarse con otras personas, hacer amigos, y competir organizadamente respetando el Reglamento del CBGMZA y ciertas pautas de convivencia dentro del grupo, basadas en la ética y el respeto mutuo.
04 - Los miembros del CBGMZA no tendrán derecho a tomar parte en las decisiones internas de índole organizativas, administrativas, o reglamentarias.
05 - El CBGMZA contará con un cuerpo administrativo y de control (Organización), designado exclusivamente por sus cofundadores (en el número que ellos mismos crean conveniente) y de un cuerpo de colaboradores directos (según la necesidad), cuyo trabajo voluntario y responsabilidad serán acordados en forma personal con ellos mismos.
06 - Los colaboradores directos del club tendrán como misión dirigir y moderar al grupo, velar por el derecho de cada uno de sus miembros, y trabajar de la mejor manera posible para el interés general de todos, "sin marginar a las minorías".
07 - Los cofundadores del club, no tendrán la obligación de rendir cuentas al resto de los miembros por su trabajo, actuación o decisiones tomadas.
08 - El CBGMZA contará con reglamentos claros de competencia, pero el concepto de amistad deberá prevalecer ante cualquier otro tipo de filosofía o aspecto reglamentario.
09 - Los miembros del club deberán responder en todo momento a la filosofía que persiguen sus cofundadores, y a los objetivos finales por ellos trazados para el grupo.
10 - Cualquier miembro podrá ser dado de baja en forma automática, cuando este falle al ESTATUTO del club.
11 - Todo miembro tendrá derecho a dejar el CBGMZA cuando así lo desee, pero una nueva reincorporación podrá estar sujeta a diversos condicionamientos.
12 - Los cofundadores del club se reservan el derecho de:
• Sancionar o expulsar a miembros que fallen al presente ESTATUTO, o cuando a su criterio alguno transgreda aspectos éticos que no se encuentran contemplados en ningún reglamento (esto último responde a la actitud y comportamiento de los miembros del CBGMZA.
• Aceptar o rechazar solicitudes de ingreso de nuevos miembros.• Aceptar o rechazar reingresos de miembros que han solicitado su baja en forma voluntaria.
• Aceptar o rechazar reingresos de miembros que hayan sido expulsados.
13 - Un miembro expulsado podrá volver a solicitar una nueva reincorporación recién pasado como mínimo 1 año calendario desde su expulsión. Llegado el caso, los cofundadores podrán reconsiderar dicha solicitud, y caso de aceptar el reingreso, determinar condiciones particulares de admisión.
14 - El CBGMZA no podrá fusionarse a ningún otro club, a ninguna otra liga, ni a ninguna entidad, organización, institución, asociación, ni federación de origen físico o virtual, sino con el consentimiento total y expreso de la Organización.
15 - El CBGMZA no perseguirá fines de lucro.
16 - El CBGMZA apoyará actividades de índole social y cultural.
17 - Formar parte del CBGMZA implicará aceptar "desde el ingreso mismo" el presente ESTATUTO, todos los reglamentos vigentes, y la normas básicas de convivencia preestablecidas, aquí descriptas.

Última revisión: Febrero 2010

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